Política Institucional Contra la Discriminación hacia Mujeres y Personas Transgénero

SOSTENIBILIDAD UTE

La política abarca los siguientes puntos de calificación en el ranking:

5.6.1. Política contra la discriminación de las mujeres. 
5.6.2 Políticas contra la discriminación de personas Transgénero Año: vigente en 2024.

Antecedente

La Universidad UTE promueve un ambiente educativo y laboral libre de discriminación, acoso y violencia, sustentado en los principios constitucionales de igualdad, equidad y respeto a la diversidad humana. En coherencia con la normativa nacional, la Institución reconoce la dignidad de todas las personas y garantiza la igualdad de derechos y oportunidades, sin distinción de sexo, identidad de género u orientación sexual. Para ello, adopta políticas y mecanismos institucionales orientados a la prevención, atención y sanción de toda forma de violencia o trato desigual.

De acuerdo con el artículo 11, numeral 2, de la Constitución de la República del Ecuador, “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, condición socioeconómica o cualquier otra distinción que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.”

Asimismo, el artículo 66, numeral 3, literal b), de la Constitución reconoce y garantiza a las personas el derecho a una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado, disponiendo que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial aquella ejercida contra mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y toda persona en situación de vulnerabilidad o desventaja. De igual manera, se deberán establecer medidas contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.

En concordancia, la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) refuerza estos principios en varios artículos que orientan la gestión universitaria hacia la igualdad, el respeto y la convivencia libre de violencia.

El artículo 13 establece que entre las funciones del Sistema de Educación Superior se encuentran: q) Crear programas de prevención orientados a identificar las diferentes formas de violencia (institucional, sexual, psicológica, física, simbólica, patrimonial, económica y emocional); r) Capacitar a la comunidad universitaria en temas de violencia escolar, sexual y de género; s) Establecer mecanismos de denuncia y reparación en caso de hechos comprobados, aplicables a cualquier integrante de la comunidad universitaria.

Asimismo, el artículo 86 de la LOES dispone que las instituciones de educación superior deberán mantener una unidad administrativa de bienestar, destinada a promover los derechos de la comunidad universitaria y desarrollar procesos de orientación, apoyo y atención integral.

Entre sus obligaciones constan: a) Promover un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad física, psicológica y sexual de toda la comunidad universitaria; b) Fomentar un entorno libre de toda forma de acoso y violencia; c) Brindar asistencia a quienes denuncien violaciones de estos derechos; d) Formular e implementar políticas, programas y proyectos de prevención y atención emergente a las víctimas de delitos sexuales.

Compromiso institucional de la Universidad UTE

Para el cumplimiento de la Política Institucional Contra la Discriminación hacia las Mujeres y Personas Transgénero, la Universidad UTE, implementa el Protocolo de Prevención y Actuación en Casos de Acoso, Discriminación, Violencia de Género o por Sexualidad, que en su artículo 1 determina: “Este protocolo tiene por objeto establecer pautas y procedimientos específicos para prevenir, abordar y proteger a la comunidad de la Universidad UTE contra el acoso, la discriminación y la violencia de género o por sexualidad. El instrumento se centra en proporcionar mecanismos para la detección, intervención y erradicación de conductas que atenten contra la integridad y los derechos fundamentales de las personas dentro de la comunidad universitaria.”

De igual manera, la Universidad creó el Observatorio de Género en el 2019, a través de Resolución Rectoral Nº199-R-UTE-2019, el cual tiene como objetivo, promover la equidad de género y los derechos humanos en la comunidad universitaria, a través de la generación estudios e investigaciones, asesoría e implementación de programas de formación y sensibilización, promoción de políticas institucionales inclusivas, visibilización de problemáticas de género y provisión de apoyo a grupos de atención prioritaria, con el fin de contribuir a un entorno más justo y equitativo en la universidad como en la sociedad.

La Universidad UTE reafirma su compromiso con una comunidad universitaria inclusiva, equitativa y libre de violencia, fortaleciendo sus políticas de igualdad y no discriminación hacia mujeres, personas transgénero y grupos históricamente excluidos, garantizando un entorno seguro, respetuoso e inclusivo.

Elaborada: 2024

Objetivo al que aplica:

ODS 3 - Salud y bienestar